Los seguros de vida o seguros sobre la vida garantizan a una persona en caso de su propio fallecimiento un resarcimiento económico a sus familiares directos, o en su defecto a aquellas personas que él mismo elija como beneficiarios del seguro de vida.
Podrá estipularse sobre la vida propia o la vida de un tercero, tanto para caso de muerte como para caso de supervivencia, incapacidad o ambos conjuntamente. Bajo su denominación se comprenden todos los seguros en que intervienen el hecho aleatorio de morir el asegurado o vivir al cabo de cierto tiempo.
Existen diferentes tipos de seguros de vida. Puede ser un seguro en caso de muerte -se recibe la cantidad asegurada en caso de muerte-, o en caso de vida – la aseguradora paga al asegurado el importe del seguro, siempre que viva al vencimiento de un determinado periodo de tiempo-. También puede convenirse el pago de una renta periódica mientras viva el asegurado, a partir de una fecha establecida de antemano.